¿Sales próximamente al extranjero y quieres llevar contigo a tu mascota? ¿Desconoces los requisitos que piden para viajar con animales? ¿No sabes que debes hacer o con quien hablar? Hoy vamos a solucionar estas dudas y algunas más.
Uno de las cosas más importantes que debemos hacer es plantearnos el viaje con tiempo. Vamos a necesitar 4 meses (aproximadamente) de analisis veterinarios para que permitan viajar a nuestra/s mascota/s. Así que debemos planificar nuestro viaje con bastante antelación, a menos que el/los animal/es ya haya/n viajado anteriormente y tenga/n en regla la vacunación antirrábica.
Primeros pasos
El primer paso que debemos dar es reunir los requisitos solicitados por la aduana del propio país al que nos desplazamos. Para ello debemos acudir a la Embajada o Consulado del país de destino para que nos puedan asesorar bien y así no tengamos sorpresas indeseadas después.
Para los viajes dentro de los países europeos serán algo más sencillos. Los requisitos solicitados no varían mucho entre nuestros países, al pertenecer todos a la Unión Europea. Por ello unificaron el Pasaporte para Animales Domésticos, valido para perros, gatos y hurones. Para obtener nuestro Pasaporte Animal, recurriremos a nuestro veterinario habitual, que nos rellenara el Pasaporte Animal con el historial clínico, nuestros datos y los de nuestra mascota.
Nuestras mascotas deberán llevar sus vacunas al dia y la más importante de todas, la antirrábica. Pasados 120 días de la vacunación antirrábica se realizará un análisis de control de anticuerpos neutralizados.
Requisitos
Comunidad Europea y del entorno ( Islandia, Mónaco, Andorra, Noruega, Suiza, San Marino, Vaticano y Liechtenstein):
- Que el animal esté correctamente identificado. La identificación del animal se realizará mediante tatuaje legible o bien mediante microchip. Los animales tatuados antes del 3 de julio de 2011 serán admitidos siempre que el tatuaje sea legible y se pueda demostrar que se realizó con anterioridad a esa fecha.
- Que el animal vaya acompañado de un Pasaporte para Animales de Compañía.
- Que el animal esté vacunado contra la rabia, y la pauta de vacunación administrada por el veterinario se encuentre anotada en el pasaporte.
En general, estos serán también los requisitos básicos e imprescindibles para viajar con nuestra mascota a cualquier país aunque en función de donde nos desplazamos, deberemos presentar otros certificados sanitarios complementarios, aquí tienes un listado de los más frecuentes:
- Que el animal esté correctamente identificado mediante microchip.
- Que el animal vaya acompañado de un Pasaporte para Animales de Compañía.
- Que el animal esté vacunado contra la rabia.
- Que se haya realizado una valoración de anticuerpos neutralizantes de como mínimo 0,5 UI/ml, teniendo en cuenta que la muestra debe tomarse al menos 30 días después de la vacunación y tres meses antes del desplazamiento, por un veterinario facultado.
- Que el animal vaya acompañado de un certificado de importación expedido por un veterinario oficial o, en caso de reintroducción, de un pasaporte que certifique la vacunación y la prueba de valoración de anticuerpos.
No está permitido viajar con animales menores de 3 meses.
Si realizamos debidamente todos los requisitos que nos aporten en la embajada o Consulado no debemos tener miedo a los inconvenientes que nos pueden llegar a poner algunos países. Aquí os dejo un ejemplo de estos inconvenientes que no debemos tomar a la ligera:
- Inmovilización del animal en instalaciones de cuarentena durante periodos variables (5 a 40 días)
- Devolución al país de origen
- Ante normativas estrictas, el animal podría ser sacrificado
Tierra, mar o aire
El viaje por medios terrestres, tren o autocar, suele ser bastante restrictivo. En tren, dependiendo del país, se aceptan animales pequeños (menos de 6 Kg.) siempre que vayan en un contenedor bien acondicionado. En autocar, sin embargo, es difícil encontrar una compañía internacional que permita desplazamientos con mascotas.
No ocurre lo mismo con las compañías marítimas y aéreas donde, el acceso a animales domésticos, está permitido y normalizado.
El barco suele ofrecer varias alternativas donde alojar a los animales durante el trayecto:
- En Bodega, en contenedores apropiadas o en el interior de nuestro coche
- En Cubierta, junto a otros animales, en jaulas con compartimentos
- En Cabina, con nosotros, en un contenedor apropiado
El avión es más limitado, nuestro animal podrá viajar en la bodega, como equipaje, o en la cabina con nosotros.
En ambos casos, para viajar en cabina hay una serie de requisitos:
- Autorización previa por parte de la compañía ya que es habitual que exista una limitación en el número de animales admitidos. Nuestra petición podría ser denegada si ya hubieran otras reservas previas
- Animal pequeño, peso inferior a los 6 Kgs.
- Contenedor apropiado para la seguridad y el confort, tanto del animal como del resto de los pasajeros
Como último detalle, debemos tener en cuenta el coste, por los animales hay que abonar la tarifa correspondiente. Ésta también irá en función de la compañía que utilicemos, por lo general las compañías marítimas son más económicas, podríamos encontrar alguna que incluso permita que nuestro animal de compañía viaje gratis.
Respecto a las compañías aéreas, lo normal es que apliquen un precio por Kg. (precio por bulto, animal + trasportín) que puede oscilar entre los 20/25€, es decir, si tu mascota pesa 4 Kg. pagarás en torno a 90€.
Como excepción, los perros guía de personas invidentes pueden viajar en cualquier medio de transporte y están exentos de cualquier pago, eso sí, han de ir equipados, con bozal, correa y collar.
¡¡Buen viaje!! Miauu!!
Informacion sacada de : Desplazamientos no comerciales de animales domesticos